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Concurso culpable o fortuito: no todo cierre empresarial implica responsabilidad del administrador

  • contacto08226
  • 23 jun
  • 4 min de lectura

Cuando una empresa entra en concurso de acreedores, una de las mayores preocupaciones de sus administradores es saber si podrán ser declarados responsables de las deudas de la sociedad.

El miedo es comprensible: una calificación del concurso como culpable puede tener consecuencias muy graves, incluso la condena al pago del déficit concursal. Sin embargo, no todo concurso termina siendo culpable. Y no basta con que una empresa haya tenido pérdidas, deudas o errores contables para responsabilizar automáticamente a sus administradores.

Una sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Las Palmas, de 19 de octubre de 2015, analiza precisamente esta cuestión y recuerda una idea esencial: para declarar culpable un concurso no basta con señalar irregularidades; hay que probar que existió dolo o culpa grave.

¿Qué significa que un concurso sea culpable?

El concurso de acreedores puede calificarse como fortuito o culpable.

Será culpable cuando la insolvencia se haya generado o agravado por una conducta dolosa o gravemente negligente del deudor, de sus administradores o liquidadores.

Es decir, no se castiga simplemente que la empresa haya fracasado. Lo que se analiza es si los administradores actuaron de forma gravemente irresponsable, ocultaron información, falsearon la contabilidad, retrasaron indebidamente la solicitud de concurso o perjudicaron a los acreedores.

Por eso, la calificación culpable exige un verdadero juicio de reproche.


El punto clave: hay que probar la intención o la culpa grave

La sentencia insiste en que la Administración Concursal o el Ministerio Fiscal no pueden limitarse a decir que existen errores, omisiones o retrasos. Deben probar en la vista que esos hechos responden a una conducta dolosa o gravemente negligente.

Este matiz es fundamental.

Una cosa es que existan datos contables incorrectos, documentación incompleta o dificultades para reconstruir la situación económica de la empresa. Otra muy distinta es demostrar que los administradores actuaron con intención de engañar, ocultar la realidad o agravar la insolvencia.

En el caso analizado, el juzgado entendió que no se había acreditado ese elemento intencional.


Errores contables no siempre significan concurso culpable

Una de las causas alegadas era la existencia de irregularidades contables relevantes.

Sin embargo, el juez distingue entre un simple error y una verdadera irregularidad contable. Para que exista culpabilidad no basta cualquier fallo en la contabilidad. Debe tratarse de una actuación relevante, consciente y capaz de alterar la imagen real de la empresa.

En este caso, se discutía la contabilización de determinados créditos fiscales. Aunque la Administración Concursal sostenía que debieron contabilizarse en otro ejercicio, el juzgado consideró que no se había probado que esa actuación alterara realmente la situación patrimonial ni que existiera intención de maquillar la solvencia de la sociedad.


La importancia de los asesores externos

Otro aspecto especialmente interesante de la sentencia es que muchas tareas de contabilidad, fiscalidad y asesoramiento jurídico no las realizan directamente los administradores, sino profesionales externos.

Y esto tiene mucha importancia.

Si la contabilidad, las declaraciones fiscales o las reclamaciones judiciales estaban en manos de asesores independientes, no puede presumirse automáticamente que los administradores conocían cada error o irregularidad.

En el caso analizado, los administradores tenían una formación limitada y se dedicaban principalmente a la actividad material de la empresa. La sentencia reprocha que no se llamara a declarar a los asesores fiscales y jurídicos que habían intervenido en esas actuaciones.

Si se pretende declarar culpable un concurso, hay que probar quién hizo qué, quién conocía la situación y si realmente existió una actuación dolosa o gravemente negligente.


Retrasarse en pedir el concurso tampoco basta por sí solo

Otra causa frecuente de calificación culpable es la demora en solicitar el concurso.

La ley obliga al deudor a solicitar concurso dentro de los dos meses siguientes a conocer su situación de insolvencia. Ahora bien, la sentencia recuerda que no debe confundirse insolvencia con pérdidas.

Una empresa puede tener pérdidas, incluso fondos propios negativos, y aun así seguir atendiendo regularmente sus obligaciones si dispone de financiación o liquidez. Y también puede ocurrir lo contrario: tener activos suficientes, pero no poder pagar por falta de liquidez inmediata.

Por tanto, para afirmar que hubo retraso culpable hay que probar desde cuándo existía realmente la insolvencia y cómo ese retraso agravó la situación de los acreedores.

En este caso, el juzgado no consideró acreditado que los administradores hubieran agravado dolosamente la insolvencia por demora en la solicitud del concurso.


Falta de colaboración con la Administración Concursal

También se alegó falta de colaboración con la Administración Concursal.

El juzgado reconoce que pudo existir cierta desorganización, falta de entendimiento o colaboración incompleta. Pero eso no basta para declarar el concurso culpable si no tiene entidad suficiente.

No toda dificultad en la entrega de documentación equivale a ocultación maliciosa. Hay que valorar el contexto, la conducta global de la empresa y si realmente existió una voluntad de obstaculizar el concurso.


Resultado: concurso fortuito

Finalmente, el juzgado declaró el concurso como fortuito.

La razón principal fue clara: no se acreditó que los administradores hubieran actuado con dolo o culpa grave ni que hubieran infringido de forma grave sus deberes hasta generar o agravar la insolvencia.

Esta resolución es importante porque recuerda que el fracaso empresarial no debe confundirse con responsabilidad personal automática.


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Si tu empresa acumula deudas, tiene problemas de liquidez o estás valorando solicitar concurso, es fundamental actuar con asesoramiento especializado desde el primer momento.

Una estrategia adecuada puede evitar errores, proteger tu responsabilidad personal y preparar correctamente la documentación necesaria.

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