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Nuevo revés para las promotoras: los compradores sí pueden reclamar defectos de construcción aunque hayan adquirido la vivienda a otro propietario

  • contacto08226
  • hace 1 día
  • 3 Min. de lectura

La compraventa de una vivienda no elimina el derecho a reclamar por defectos de construcción. Así lo ha dejado claro una reciente sentencia del Tribunal Supremo, que refuerza la protección de comunidades de propietarios y compradores frente a promotoras inmobiliarias.

La resolución confirma que una promotora puede seguir respondiendo por humedades, filtraciones, problemas en garajes, juntas de dilatación o defectos en elementos comunes, incluso aunque las viviendas hayan sido vendidas posteriormente a terceros.


¿Qué ocurrió en el caso?

Una comunidad de propietarios reclamó judicialmente a la promotora de un complejo residencial por numerosos defectos constructivos:

  • humedades,

  • filtraciones,

  • inundaciones,

  • fallos en sistemas de drenaje,

  • deficiencias en garajes y zonas comunes.

La promotora intentó evitar la condena alegando:

  • que los actuales propietarios no habían firmado contrato directamente con ella,

  • que la acción estaba caducada,

  • y que no podía ejercitarse una reclamación contractual.

Sin embargo, el Tribunal Supremo rechazó todos esos argumentos y confirmó la condena.


Lo más importante de la sentencia

1. Los nuevos propietarios también pueden reclamar

El Supremo deja claro que aunque el comprador actual no adquiriera la vivienda directamente a la promotora, sí puede reclamar los defectos de construcción.

Esto es especialmente importante en:

  • urbanizaciones antiguas,

  • viviendas revendidas,

  • pisos comprados de segunda mano,

  • comunidades con daños estructurales o filtraciones.

Muchas promotoras utilizan precisamente este argumento para intentar evitar responsabilidades.

La sentencia corta esa estrategia.

2. La comunidad de propietarios tiene legitimación

El Alto Tribunal recuerda que la comunidad puede reclamar judicialmente:

  • daños en elementos comunes,

  • humedades,

  • problemas de impermeabilización,

  • filtraciones,

  • defectos en garajes,

  • sistemas de evacuación de agua,

  • y otros vicios constructivos.

Esto evita que cada vecino tenga que demandar individualmente.

3. No todo queda limitado a la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE)

Uno de los puntos más importantes de la sentencia es que el Supremo confirma que también puede ejercitarse una acción contractual contra la promotora-vendedora.

¿Por qué es relevante?

Porque muchas veces:

  • los plazos de la LOE ya han transcurrido,

  • o existen dudas sobre la caducidad.

La promotora alegó precisamente que la reclamación intentaba “saltarse” los plazos de la LOE y de los vicios ocultos.

El Tribunal Supremo rechaza ese argumento y recuerda que la responsabilidad contractual sigue existiendo.

¿Qué significa esto para los propietarios?

Esta sentencia puede ser clave para:

  • comunidades con humedades,

  • problemas de impermeabilización,

  • filtraciones en garajes,

  • defectos estructurales,

  • urbanizaciones con patologías constructivas,

  • compradores de viviendas de segunda mano.

Muchos afectados creen erróneamente que:

  • “ya no pueden reclamar”,

  • “la promotora desapareció”,

  • o “como compraron la vivienda después no tienen derechos”.

Y no siempre es así.

En Campaña Martín Abogados analizamos tu caso

En muchas ocasiones existen vías legales para reclamar:

  • reparación de los daños,

  • indemnizaciones,

  • costes de reparación,

  • o responsabilidades de promotoras, constructoras y aseguradoras.

Cada caso debe estudiarse de forma individual:

  • fechas,

  • tipo de defecto,

  • documentación,

  • informes periciales,

  • situación registral,

  • y plazos aplicables.


¿Tu comunidad tiene humedades o defectos de construcción?

En Campaña Martín Abogados analizamos reclamaciones por:

  • vicios ocultos,

  • defectos constructivos,

  • humedades,

  • filtraciones,

  • problemas estructurales,

  • y responsabilidad de promotoras y constructoras.

Si tu vivienda o comunidad presenta daños, podemos estudiar la viabilidad de la reclamación y ayudarte a defender tus derechos.


Consulta con nuestro despacho

Si necesitas ayuda, reserva tu cita en Campaña Martín Abogados.

📍 Calle Galileo 21, Huétor Tájar (Granada)

📞 623 45 37 37

 
 
 

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